Internacional

Programa Int-Ecomm – CONVOCATORIA CERRADA

Logotipos UE Camara
CONTACTO: Cámara de Comercio de Almería | Área Internacional – Inmaculada Jurado

PYMEs de productos exportables que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Disponer de página Web propia operativa.
  • Disponer de un producto propio.
  • Ser una empresa industrial o comercial de la sección 1 del IAE, sin perjuicio del pleno respeto a lo dispuesto por los Reglamentos o Directivas comunitarias especiales establecidos en el marco del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Quedan exceptuadas las empresas de servicios, así como aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado Funcionamiento de la Unión Europea. En el caso de empresas que operen en el sector primario de productos agrícolas, podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen producto transformado siempre y cuando estén dadas de alta en el IAE con actividad comercializadora y la ayuda se dirija específicamente a dicha labor comercializadora.
  • Cumplir y aportar todos los documentos requeridos establecidos en la convocatoria.

La Cámara de Comercio de Almeria, junto con la Cámara de Comercio de España, contando con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional / FEDER), pone en marcha el Programa Int-Ecomm, que tiene como objetivo principal apoyar a la empresa a incrementar sus ventas online en un mercado exterior objetivo través de una estrategia de e-commerce, contribuyendo a incorporar la estrategia digital en la empresa y reforzando, de este modo, su proceso de internacionalización, fomentando sus ventas internacionales.

La duración es de 9 meses máximo entre las dos fases del programa

FASE DE ASESORAMIENTO

Esta fase se encuentra totalmente subvencionada y es GRATUITA para la empresa, (financiado con Fondos FEDER y Cámara Almería) y, en ella, la empresa contará con el apoyo de un técnico especialista en internacionalización, que le ayudará a diseñar un plan de e-commerce en un mercado internacional concreto. Esta fase tiene una duración máxima de tres meses.
Durante la fase de asesoramiento se realiza un análisis interno de la empresa, un análisis externo y un análisis de mercados y se diseñará la estrategia de e-commerce, con un Plan de Acción para el mercado que la empresa haya seleccionado.

FASE DE AYUDAS

En la fase de ayudas la empresa cuenta con un presupuesto de 7.000€, cofinanciado por el FEDER en un 80%, para el desarrollo de las actuaciones contempladas en el Plan de Acción definido en la fase de asesoramiento. La duración de la fase de ayudas es de 6 meses, tras la finalización de la fase de asesoramiento.

En el Anexo de Gastos Elegibles se pueden consultar la tipología de gastos susceptibles de ser apoyados por el FEDER, teniendo en cuenta, en todo caso, que estas actuaciones tienen que estar referidas a desarrollar la estrategia de e-commerce en el mercado exterior elegido en la fase de asesoramiento, algunos de ellos son:

  • Asesoramiento especializado en estrategias de eCommerce internacional y sus actuaciones de ejecución
  • Costes asociados a la contratación de software especializado
  • Elaboración de tienda online, App y otras plataformas tecnológicas para desarrollar estrategias de comercio electrónico en mercados internacionales, para la venta de los productos/servicios de la empresa
  • Alta y gestión de cuentas en marketplaces y otras plataformas
  • Acciones de promoción y marketing digital
  • Costes asociados a la estrategia logística de internacionalización: costes de almacenamiento, picking, packing, servicios de etiquetado, embalajes especiales, etc
Inicio plazo de presentación de solicitudes
Fin plazo de presentación de solicitudes
5 de mayo de 2022 a las 9:00h
31 de mayo de 2022 a las 14:00

Sólo se considerarán válidamente presentadas aquellas solicitudes que cumplan las siguientes condiciones mínimas :

I) Los campos identificados como obligatorios en la solicitud (sede) deben estar debidamente cumplimentados y su contenido resultar comprensible y coherente con la información solicitada.

II) Los documentos obligatorios que se adjunten en la sede electrónica deben referirse a la empresa solicitante y su contenido responder claramente a la finalidad con la que se solicitan, no admitiéndose los documentos que no cumplan estas condiciones.

El incumplimiento de alguna de las citadas condiciones mínimas, que no obedezca errores materiales o aritméticos, conllevará la inadmisión a trámite de la solicitud.

ANEXOS QUE HAY QUE CUMPLIMENTAR Y APORTAR:

Anexo II DECLARACIÓN RESPONSABLE: bien cumplimentado y firmado

Documentación de la empresa:

  • DNI del solicitante (en caso de persona física) o DNI del firmante o firmantes de la solicitud con poderes suficientes (en caso de persona jurídica):
    • Poder de representación de la persona que firma la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa, este documento es obligatorio en caso de Persona Jurídica)
    • Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa (este documento es obligatorio en caso de Persona Jurídica)
  • Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de estar al día en sus obligaciones (haciendo mención a la Ley de subvenciones)

  • Certificado de la Seguridad Social de estar al día en sus obligaciones (haciendo mención a la Ley de subvenciones)

Información sobre el funcionamiento de la SEDE ELECTRONICA

AUTOFIRMA : aquellos usuarios que no tengan instalada una versión actualizada de la aplicación Autofirma (al menos versión 1.7.2) no podrán identificarse obteniendo un mensaje de error como el siguiente:

Para poder seguir haciendo uso de los servicios de la Sede Electrónica con normalidad la solución es instalar la última versión de la aplicación Autofirma que está disponible en: https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html

Este mismo enlace está disponible en la propia Sede Electrónica desde la página de acceso mediante certificado:

La Cámara de Comercio de Almería es la entidad convocante de las ayudas de la presente convocatoria y no colabora con empresas externas para la gestión de las subvenciones contempladas en el programa y no se hace responsable de las informaciones que los solicitantes puedan recibir por vías distintas a esta convocatoria oficial

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