La presente convocatoria tiene por objeto promover la participación de las empresas (micro, pequeñas y medianas) y las personas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la demarcación cameral de la Cámara de Comercio de Almería en el Programa XPANDE DIGITAL.
Fomentar y potenciar la utilización del marketing digital como herramienta básica para mejorar el posicionamiento de la Pyme en mercados internacionales, a través de un asesoramiento personalizado, organizado en varias fases, así como un paquete de ayudas a la inversión. El programa XPANDE DIGITAL también persigue:
La Cámara de Comercio de Almeria, junto con la Cámara de Comercio de España, contando con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional / FEDER), pone en marcha el Programa XPANDE DIGITAL, destinado a ayudar a las empresas a implementar un plan de marketing digital orientado a su internacionalización, centrándose en un determinado mercado objetivo.
FASE 1: ASESORAMIENTO
Esta fase se encuentra totalmente subvencionada y es GRATUITA para la empresa, (100% financiado con Fondos FEDER y Cámara Almería) En esta primera fase, el técnico asesor de la Cámara de Comercio realizará para la empresa:
FASE 2: AYUDAS A LA INVERSIÓN
Se subvenciona hasta el 85% de un presupuesto máximo de 5.000 € (IVA excluido) en gastos elegibles detallados en convocatoria destinados a fortalecer la posición competitiva de la Pyme en el mercado objetivo y para el producto / servicio seleccionado previamente por la Pyme. La empresa prefinancia los gastos y posteriormente mediante la correcta justificación de los mismos recibirá la ayuda.
La fase de ayudas se podrá ejecutar una vez finalizada la fase de asesoramiento
La participación de la empresa en el Programa tiene una duración máxima de 5 meses (3 meses en la Fase de Asesoramiento y 2 meses en la Fase de Ayudas) a partir de la fecha de la firma del Convenio, que se firmará una vez la empresa haya sido admitida. Las duraciones máximas son específicas de cada Fase. En ningún caso se podrán pasar meses de una fase a otra.
Los gastos asociados a la FASE II de este programa se detallan en la convocatoria completa, algunos de ellos son:
La Fase de Ayudas tiene un presupuesto máximo financiable de 5.000 €, independientemente de la cuantía de gasto efectuado, cofinanciado en un 85% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y en un 15% por la empresa (conforme a la convocatoria). La empresa deberá prefinanciar el 100% de los gastos.
Los requisitos para ser beneficiario del programa son:
Tienen la consideración de empresas las personas físicas y jurídicas que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud y que ejerzan una actividad económica.
Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las uniones temporales de empresas (UTE), asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.
Asimismo, quedan excluidas las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.
Quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como en la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura, de acuerdo con las definiciones recogidas en el art. 2.1 del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023.
En el caso de empresas que operen en la producción primaria de productos excluidos en el párrafo anterior, podrán ser beneficiarias siempre que desarrollen producto transformado, estén dadas de alta en el IAE con actividad comercializadora y la ayuda se dirija específicamente a dicha actividad.
En el caso de que una empresa posea varias sedes o centros productivos, el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios citados.
Se debe tener en cuenta la definición de “única empresa” recogida en el art. 2.2 del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023, según la cual, las empresas vinculadas se consideran una misma empresa a efectos de la aplicación de la norma de minimis.
No se admitirán enlaces a redes sociales ni directorios de empresas genéricos o similares en los que se publiciten los productos/servicios, sino que deberá presentarse un dominio específico de propiedad de la empresa solicitante.
Se deberá tener en cuenta la relación de países excluidos que se incluye en el Anexo I.
No serán elegibles, en ningún caso, las acciones dirigidas al mercado nacional. En los casos en los que el mercado objetivo seleccionado tenga idioma oficial español, únicamente serán elegibles los gastos que no vengan excluidos en el Anexo de gastos elegibles, y siempre y cuando se puede justificar claramente que el mercado destino es internacional.
Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria
Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las uniones temporales de empresas (UTE), asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.
Asimismo, quedan excluidas las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.
Quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como en la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura, de acuerdo con las definiciones recogidas en el art. 2.1 del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023.
En el caso de empresas que operen en la producción primaria de productos excluidos en el párrafo anterior, podrán ser beneficiarias siempre que desarrollen producto transformado, estén dadas de alta en el IAE con actividad comercializadora y la ayuda se dirija específicamente a dicha actividad.
CONVOCATORIA XPANDE DIGITAL 2024
2024. Convocatoria Xpande Digital
2024_Anexo I. Descripción Xpande Digital
2024_Anexo II. Declaraciones Responsables Xpande Digital
2024_Anexo III. Convenio DECA empresa Xpande Digital
2024_Anexo IV. Anexo al Convenio DECA_Plazo Ejecución y Condiciones elegibilidad
2024_Anexo V. Tipología gastos elegibles y justificación
2024_Anexo V.2. Plantillas de justificación de gastos
Sólo se considerarán válidamente presentadas aquellas solicitudes que cumplan las siguientes condiciones mínimas :
I) Los campos identificados como obligatorios en la solicitud (sede) deben estar debidamente cumplimentados y su contenido resultar comprensible y coherente con la información solicitada.
II) Los documentos obligatorios que se adjunten en la sede electrónica deben referirse a la empresa solicitante y su contenido responder claramente a la finalidad con la que se solicitan, no admitiéndose los documentos que no cumplan estas condiciones.
El incumplimiento de alguna de las citadas condiciones mínimas, que no obedezca errores materiales o aritméticos, conllevará la inadmisión a trámite de la solicitud.
ANEXOS QUE HAY QUE CUMPLIMENTAR Y APORTAR: Próxima Convocatoria
Información sobre el funcionamiento de la SEDE ELECTRONICA
AUTOFIRMA : aquellos usuarios que no tengan instalada una versión actualizada de la aplicación Autofirma (al menos versión 1.7.2) no podrán identificarse obteniendo un mensaje de error como el siguiente:
Para poder seguir haciendo uso de los servicios de la Sede Electrónica con normalidad la solución es instalar la última versión de la aplicación Autofirma que está disponible en: https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
Este mismo enlace está disponible en la propia Sede Electrónica desde la página de acceso mediante certificado:
La solicitud se presentará a través de la sede electrónica cuando se habilite para tal fin https://sede.camara.es/sede/almeria
La Cámara de Comercio de Almería es la entidad convocante de las ayudas de la presente convocatoria y no colabora con empresas externas para la gestión de las subvenciones contempladas en el programa y no se hace responsable de las informaciones que los solicitantes puedan recibir por vías distintas a esta convocatoria oficial
#EuropaSesiente
Responsable: Cámara de Comercio de Almería, Avda. Cabo de Gata, 29, 04007, Almería.
Finalidad: Mantener y/o gestionar la relación de usuario para prestarle los servicios solicitados, así como para enviarle información relativa a la Cámara.
Legitimación: Consentimiento del interesado.
Destinatarios: No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal.
Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.
Información adicional: Puedes consultar nuestro aviso legal y privacidad en el siguiente enlace: Aviso Legal y Política de Privacidad
Los datos que nos proporciones serán responsabilidad de Cámara de Comercio de Almería con la finalidad de remitirte, haciendo uso de los datos aportados (incluida la dirección de correo electrónico y teléfono móvil) noticias e información sobre eventos, actividades y publicaciones que desarrollemos.
La base jurídica del tratamiento de tus datos es el consentimiento que prestes mediante la marcación de la siguiente casilla. Dichos datos no serán cedidos a terceros, salvo obligación legal, y se tratarán y conservarán durante el tiempo que nos autorices y se utilizarán para comunicarnos contigo; para ello, usamos MailChimp como plataforma de automatización de mercadotecnia. Al hacer clic a continuación para enviar este formulario, usted entiende que la información que proporcione se transferirá a MailChimp para su procesamiento de acuerdo con su Política de Privacidad y Términos.
La Cámara te asegura, en todo caso, la posibilidad de retirar el consentimiento prestado y de ejercer tus derechos de acceso, rectificación y supresión, así como cualquier otro derecho previsto en la normativa vigente, mediante comunicación escrita dirigida a Cámara de Comercio de Almería o info@camaradealmería.es.