Almería, 24/12/2020
Desde el 1 febrero del 2020 El Reino Unido ya no es un Estado Miembro de la Unión Europea. En dicha fecha entró en vigor el Acuerdo de retirada que estableció un periodo transitorio hasta el 31 de diciembre del 2020 en el que el derecho de la UE ha seguido siendo de aplicación al y en el Reino Unido. En consecuencia, hasta esa fecha ha continuado la libre circulación de mercancías, personas, trabajadores y la libre prestación de servicios.
Con o sin acuerdo comercial, tras el periodo transitorio el Reino Unido quedará fuera de la Unión Aduanera y del Mercado único de la UE y será un tercer país a todos los efectos tanto en comercio de bienes como de servicios. Sus productos dejarán de tener el estatus de originarios de la UE.
Se recuerda a todos los operadores que deben prepararse, si no lo han hecho ya, para poder afrontar el próximo 1 de enero con las mayores garantías.
A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2021
A partir del 1 de enero de 2021 (00.00 horas) los intercambios comerciales con Reino Unido (excepto Irlanda del Norte) se considerarán exportaciones e importaciones, lo cual tiene las siguientes implicaciones, con independencia de que se logre o no un acuerdo para la futura relación entre la UE y Reino Unido:
- Los envíos y recepciones de mercancías a y desde Reino Unido se deberán formalizar en declaraciones aduaneras.
- Para la presentación de declaraciones es necesario disponer de un número EORI registrado en un estado miembro de la Unión Europea. En el caso de España se puede obtener a través de la sede electrónica de la agencia tributaria
- La presentación de declaraciones se puede efectuar por los propios operadores o utilizando un representante aduanero.
- Algunos tipos de mercancías están sujetas a controles por parte de otros organismos diferentes de la aduana por lo que resulta imprescindible informarse de la tramitación que es necesario realizar ante ellos antes de llevar a cabo la importación o exportación. Puede encontrar más información en este enlace o bien consultar la Carta al respecto emitida por la Agencia Tributaria. También puede consultar las medidas aplicables a cada mercancía en función de su clasificación arancelaria.
- Irlanda del Norte, aunque forma parte del territorio aduanero de Reino Unido, continuará aplicando normativa de la Unión en materia de aduanas, IVA e IIEE, entre otras.Consulte aquí la información relativa a los CONTROLES DE MERCANCÍAS DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE COMERCIO, con ejemplos prácticos.
- Enlace para saber si tendrás que pagar derechos de aduana a partir del 1 de enero de 2021https://www.check-future-uk-trade-tariffs.service.gov.uk/tariff?q=&n=25&p=1. Introduce tu código TARIC y verás si tienes que pagar algún tipo de impuesto arancelario
- A través de los siguientes enlaces a nuestra Sede electrónica podrá realizar la tramitación de certificaciones, permisos y declaraciones dependientes de la Secretaría de Estado de Comercio para las operaciones de comercio exterior con Reino Unido a partir del 1 de enero de 2021:
Para conocer las condiciones de acceso al mercado británico a partir del 1 de enero de 2021, puede consultar las Guías de acceso al mercado británico a partir del 1 enero 2021.
BREXIT: CÓMO PREPARARSE PARA EL FINAL DEL PERÍODO TRANSITORIO
Medidas de contingencia en ausencia de un acuerdo sobre una futura asociación con el Reino Unido
Almería, 14/12/2020
Le facilitamos la Comunicación y las 4 propuestas legislativas publicadas por la Comisión Europea sobre medidas de contingencia en ausencia de un acuerdo sobre una futura asociación con el Reino Unido. Las medidas de contingencia se presentan en el contexto de continuidad de las negociaciones y ante la imposibilidad de garantizar de que, en el caso de que exista acuerdo, este pueda entrar en vigor el 1 de enero de 2021 (fecha en la que termina el periodo transitorio).
Con estas propuestas legislativas se pretende asegurar la conectividad aérea básica recíproca entre la UE y el Reino Unido y la seguridad aérea, garantizar la conectividad recíproca del transporte por carretera, garantizar la conectividad recíproca ferroviaria a través del túnel del Canal de la Mancha y permitir la posibilidad de acceso recíproco a la pesca en las aguas de la UE y el Reino Unido por parte de los buques de Reino Unido y la UE respectivamente.
A continuación facilitamos el enlace donde puede acceder a dicha información en la página web de la Comisión Europea:
BREXIT página de información
Almería, 4/11/2020
- BREXIT guía para las empresas
- BREXIT: lista de control para los operadores
- Página de información sobre la preparación para el BREXIT
Actualización de la web de la Comisión Europea con los avisos de preparación ante una eventual salida del Reino Unido sin acuerdo
Almería, 27/03/2020
Facilitamos enlace a la página actualizada de la Comisión Europea con los avisos de preparación ante una eventual salida del Reino Unido sin acuerdo, ya que las posibilidades de no llegar a un acuerdo el 31 de diciembre no disminuyen.
Si no existe un acuerdo ratificado por el que se establezca una asociación futura entre el Reino Unido y la Unión Europea al final del período transitorio, los intercambios comerciales entre el Reino Unido y la UE a partir del 1 de enero de 2021 se basarán en las condiciones que marca la Organización Mundial del Comercio.
Aunque se celebre un acuerdo de libre comercio, dicho acuerdo establecerá una relación, en términos de acceso al mercado, muy diferente a la participación en el mercado interior y en la Unión Aduanera.
Por consiguiente, el final del período transitorio implica cambios significativos en la relación normativa entre el Reino Unido y la Unión Europea.
Información para los ciudadanos de sus autoridades nacionales (España y resto de Estados miembros). Por otra parte, la Comisión está ultimando más de 100 comunicaciones sectoriales de preparación dirigidas a las partes interesadas. Aquí encontrará las páginas web de las medidas de preparación adoptadas durante las negociaciones con el Reino Unido en virtud del artículo 50.
Enlaces de interés
- Secretaría de Estado de Comercio – http://www.comercio.mineco.gob.es/es-ES/brexit/Paginas/Introduccion.aspx
- ICEX – Oficina Económica y Comercial de España en Londres – https://www.icex.es/icex/es/navegacion-principal/todos-nuestros-servicios/informacion-de-mercados/paises/navegacion-principal/brexit/index.html?idPais=GB
- Agencia Tributaria – https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Aduanas_e_Impuestos_Especiales/_Presentacion/Brexit/Brexit.shtml
- Comisión Europea – https://ec.europa.eu/info/brexit/brexit-preparedness_en
- Reino Unido – https://www.gov.uk/government/collections/how-to-prepare-if-the-uk-leaves-the-eu-with-no-deal
- Secretaría de Estado de Comercio – http://www.comercio.mineco.gob.es/es-ES/brexit/Paginas/Introduccion.aspx
- ICEX – Oficina Económica y Comercial de España en Londres – https://www.icex.es/icex/es/navegacion-principal/todos-nuestros-servicios/informacion-de-mercados/paises/navegacion-principal/brexit/index.html?idPais=GB
- Agencia Tributaria – https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Aduanas_e_Impuestos_Especiales/_Presentacion/Brexit/Brexit.shtml
- Comisión Europea – https://ec.europa.eu/info/brexit/brexit-preparedness_en
- Reino Unido – https://www.gov.uk/government/collections/how-to-prepare-if-the-uk-leaves-the-eu-with-no-deal
JORNADA: LA EMPRESA ESPAÑOLA ANTE EL BREXIT
10 de octubre 2019, de 11:00 a 13:20 hrs.
Salón de Actos, Edf. Cámara de Comercio de Almería
Esta jornada se organiza en colaboración con algunas de las instituciones que velan porque las empresas estén informadas ante este evento coyuntural y con el fin de informar a las empresas almerienses sobre los posibles retos económicos, comerciales y aduaneros, a los que se enfrentan en el nuevo escenario que supone la salida del Reino Unido de la UE
Preparación para el Brexit sin acuerdo: Llamamiento final de la Comisión a todos los ciudadanos y empresas de la UE a fin de que se preparen para la retirada del Reino Unido el 31 de octubre de 2019.
05/09/2019
Por su importancia, nos hacemos eco de la sexta Comunicación de la Comisión Europea sobre la preparación para el Brexit. A ocho semanas de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea el 31 de octubre de 2019, la Comisión ha reiterado hoy, en su sexta Comunicación sobre la preparación del Brexit, su llamamiento a todas las partes interesadas en la Estrategia Europa 27 a fin de que se preparen para un escenario de retirada sin acuerdo. En vista de la persistente incertidumbre en el Reino Unido con respecto a la ratificación del acuerdo de retirada, tal como se acordó con el Gobierno del Reino Unido en noviembre de 2018, y de la situación política interna general, un Brexit sin acuerdo el 1 de noviembre de 2019 sigue siendo una posibilidad, aunque indeseada.
En este sentido, la Comisión Europea ha publicado hoy una lista de control detallada para ayudar a las empresas que comercian con el Reino Unido a realizar sus preparativos finales. Para reducir al mínimo las perturbaciones del comercio, todas las partes interesadas en las cadenas de suministro con el Reino Unido, independientemente del lugar en el que tengan su sede, deben ser conscientes de sus responsabilidades y de los trámites necesarios en el comercio transfronterizo. Este llamamiento se basa en comunicaciones anteriores y en otras cien comunicaciones a las partes interesadas, que abarcan sectores muy diversos.
Además, la Comisión ha propuesto al Parlamento Europeo y al Consejo que realicen ajustes técnicos específicos en la duración de las medidas de contingencia de la UE para un Brexit sin acuerdo en el ámbito del transporte. La Comisión también ha propuesto reproducir para el año 2020 las medidas de contingencia de 2019 vigentes en el sector pesquero y en relación con la posible participación del Reino Unido en el presupuesto de la UE de 2020. Estas medidas son necesarias habida cuenta de la decisión de prorrogar el período del artículo 50 hasta el 31 de octubre de 2019.
Por último, la Comisión ha propuesto que el Fondo Europeo de Solidaridad y el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización se pongan a disposición de las empresas, los trabajadores y los Estados miembros más afectados por un escenario de retirada sin acuerdo. Las propuestas deben ser aprobadas tanto por el Parlamento Europeo como por el Consejo.
Destacamos una serie de documentos sobre aduanas e impuestos indirectos (incluida una sencilla lista de control de cinco pasos) para las empresas:
- Información en materia de agricultura
- Siete cosas que las empresas en la UE-27 necesitan saber con el fin de prepararse para el Brexit
Puede acceder al comunicado de prensa de la Comisión Europea y enlaces de interés para los ciudadanos y las empresas a través del siguiente enlace.
Seminarios web del Gobierno del Reino Unido a las empresas UE que comercian productos con el Reino Unido
24/09/2019
Facilitamos a continuación información de la Representación Permanente del Reino Unido ante la UE sobre una serie de seminarios web que el Gobierno del Reino Unido está organizando para proporcionar información a las empresas de la UE que comercian productos con el Reino Unido después del Brexit. Puede suscribirse a las sesiones de su interés en el enlace que facilitamos y compartir la información con las empresas a fin de que puedan participar si así lo desean (plazas limitas).
Agenda: Las presentaciones incluirán información sobre preparación fronteriza, procedimientos aduaneros en la frontera, contenido relevante del sector específico y una sesión de preguntas y respuestas. Los participantes están invitados a asistir al seminario web más relevante para su sector:
- Agricultura y Alimentos (Agroalimentarios)
- Productos químicos
- Automotriz
- Transportistas / logística
- Ciencias de la vida
- Comerciantes no específicos / generales
La duración estimada de cada seminario web tendrá una duración de 90 minutos.
¿Cómo registrarse?
El enlace que facilitamos lo dirigirá a una página de Eventbrite que muestra los próximos seminarios web con fechas y horas. Elija el seminario web que le parezca más apropiado y regístrese para confirmar su asistencia. Tenga en cuenta que inicialmente sólo se mostrarán las fechas de la 1ª y 2ª ronda de seminarios, las fechas de las siguientes sesiones se publicarán próximamente. El acceso a los materiales de los webinar y los procedimientos para formular preguntas antes del seminario web se proporcionarán a los participantes registrados.
SITUACIÓN DE LOS CONTROLES FITOSANITARIOS/ZOOSANITARIOS EN FRONTERAS BREXIT
EXPORTACIÓN DE VEGETALES Y PRODUCTOS VEGETALES desde la UE a UK
Certificado fitosanitario NIMF 12 solo para vegetales actualmente con pasaporte fitosanitario (Directiva 29/2000 Anexo V.A):
• Determinado material para plantación y reproducción
• Frutos de cítricos con pedúnculo y hojas
• Determinadas maderas (coníferas y plátano)
Con la información actual la mayoría de los envíos de FRUTAS y HORTALIZAS no deberán llevar ninguna certificación ni control Sistema de emisión rápido de certificados CEXVEG en caso necesario
Envío de vegetales y productos vegetales de terceros países vía Unión Europea: El procedimiento aún no es concluyente
Fichas informativas sectoriales para el caso de salida del Reino Unido sin acuerdo:
06/09/19
- Siete cosas que las empresas en la UE-27 necesitan saber con el fin de prepararse para el Brexit
- Lista de pasos a seguir por los operadores para prepararse de cara al Brexit
- Cómo prepararse para el Brexit: guía aduanera para las empresas
- Cronograma de las medidas de contingencia de la UE
- Protección de datos: salida sin acuerdo
- Medicinas y equipamiento médico
- Pesca
- Viajar entre el reino unido y la UE en caso de retirada sin acuerdo
- Derechos de los nacionales del reino unido que viven en la UE en caso de retirada sin acuerdo
- Los derechos de los ciudadanos de la UE que viven en el Reino Unido en caso de que no haya acuerdo
- Derechos de los consumidores en caso de que no haya acuerdo
- Estudios y formación en el Reino Unido en caso de que no haya acuerdo
- Asegurar la residencia de los ciudadanos y los derechos de seguridad social
- Preguntas y respuestas: las consecuencias de que el reino unido abandone la unión europea sin un acuerdo de retirada
Brexit y cosméticos, web y pesca
24/07/2019
Compartimos la siguiente información facilitada por la Secretaría de Estado de Comercio, y publicada por la Comisión Europea, en relación con la preparación para el Brexit:
- Productos cosméticos: https://ec.europa.eu/info/files/cosmetic-products_en
- Páginas web: https://ec.europa.eu/info/files/eu-domain-names_en
- Q&A sobre pesca: https://ec.europa.eu/info/files/fisheries-questions-and-answers_en
Brexit sin acuerdo
Bruselas, 12 de junio de 2019
En vísperas del Consejo Europeo de junio (artículo 50), la Comisión Europea ha hecho balance, en su quinta Comunicación sobre la preparación para el Brexit, de esta preparación y de las medidas de contingencia por parte de la Unión, sobre todo a la luz de la decisión adoptada el 11 de abril por el Consejo Europeo (artículo 50), previa solicitud del Reino Unido, de prorrogar el período del artículo 50 hasta el 31 de octubre de 2019.
En vista de la persistente incertidumbre en el Reino Unido con respecto a la ratificación del acuerdo de retirada, tal como se acordó con el Gobierno del Reino Unido en noviembre de 2018, y de la situación política interna general, un Brexit sin acuerdo el 1 de noviembre de 2019 sigue siendo una posibilidad, aunque indeseada.
Desde diciembre de 2017, la Comisión Europea se ha estado preparando para un escenario de retirada sin acuerdo. Hasta la fecha, 18 de las 19 propuestas legislativas presentadas por la Comisión han sido adoptadas o acordadas por el Parlamento Europeo y el Consejo. Se ha alcanzado un acuerdo político sobre la propuesta restante (Reglamento de contingencia sobre el presupuesto de la UE para 2019), cuya adopción formal está prevista a finales de este mes. La Comisión también ha adoptado 63 actos no legislativos y ha publicado 93 comunicaciones de preparación. Teniendo en cuenta la ampliación del período del artículo 50, la Comisión ha examinado todas estas medidas para cerciorarse de que sigan cumpliendo sus objetivos. La Comisión ha llegado a la conclusión de que no es necesario modificar el fondo de ninguna medida y que siguen ajustándose a su finalidad. La Comisión no prevé nuevas medidas antes de la nueva fecha de retirada.
La Comisión recuerda que es responsabilidad de todas las partes interesadas prepararse para todos los escenarios. Puesto que una retirada sin acuerdo sigue siendo una posibilidad, la Comisión anima encarecidamente a todas las partes interesadas a aprovechar el tiempo adicional facilitado por la prórroga para cerciorarse de que hayan adoptado todas las medidas necesarias para preparar la retirada del Reino Unido de la UE. La Comunicación de hoy ofrece detalles sobre los amplios preparativos en la UE-27 en ámbitos como los derechos de residencia y de seguridad social de los ciudadanos, las aduanas y la fiscalidad, el transporte, la pesca, los servicios financieros, los medicamentos, los productos sanitarios y las sustancias químicas.
Requisitos para productos de la UE exportados al Reino Unido en caso de un Brexit duro.
La Comisión Europea ha incluido en su base de datos de acceso de mercado información detallada sobre las reglas que el Reino Unido se aplicaría en sus importaciones de la UE en el caso de un Brexit duro. Se basa en información disponible públicamente por las autoridades del Reino Unido y forma parte del esfuerzo de la Comisión para ayudar a la industria a estar preparados en caso de que Reino Unido saliera de la Unión Europea sin un acuerdo negociado.
http://madb.europa.eu/madb/indexPubli.htm
La base de datos MADB proporciona información detallada sobre los derechos e impuestos que se aplican a las exportaciones a un país determinado, así como en procedimientos de importación y trámites que deben realizarse para el despacho aduanero y contiene información para 121 países, y a partir de hoy, también ofrece el mismo nivel de información para las exportaciones al Reino Unido en cuanto a cualquier otros socios del comercio de la UE como los Estados Unidos o China.
Jornada informativa: La empresa española ante el Brexit. 19 de Febrero
El Brexit ha generado una notable incertidumbre dada la nueva situación política y económica y abre interrogantes por las posibles repercusiones de las negociaciones entre la UE y el Reino Unido.
Esta jornada ofrece una visión actual de las implicaciones económicas y comerciales del Brexit y tiene por objeto informar a las empresas españolas con interés en ese mercado.
· Lugar de celebración: Edificio Empresarial Cámara de Comercio de Almería – ASEMPAL
Avda. Cabo de Gata, 29 – 04007 – Horario: de 11.00 a 13.00 horas
· Fechas de inscripción: del 5 al 19 de Febrero de 2019 a través de este enlace.
La inscripción se realizará por orden de solicitud hasta completar aforo.
Brexit – Autorizaciones – NO DEAL
BREXIT – NO DEAL
- DECLARACIÓN IMPORTACIÓN/EXPORTACIÓN ELECTRÓNICA:
- SOFTWARE PROPIO
- REPRESENTANTE ADUANERO: REGISTRO
- ELEMENTOS DEUDA
- CLASIFICACIÓN ARANCELARIA: IAV, LICENCIAS Y AUTORIZACIONES
- VALOR (REVISAR INCOTERMS)
- ORIGEN
- ARANCEL: PAGO PREVIO O GARANTÍA
- IVA: PAGO PREVIO, APLAZADO (GARANTÍA) O IVA DIFERIDO
AUTORIZACIONES – NO DEAL
- REGISTRO – EORI
- Otras
- Procedimientos simplificados de declaración
- Autorización de garantía global, que permite aplazar el pago de la deuda aduanera/IVA 30 días.
- Almacén de depósito temporal
- Simplificaciones de tránsito
- Regímenes especiales: depósito aduanero, perfeccionamiento activo y pasivo, importación temporal, destino final, tránsito…
Nota informativa: «Prepararse para el Brexit»
La Comisión Europea ha intensificado la comunicación con las empresas de la UE para la preparación aduanera a falta de un acuerdo, que establecería un período transitorio hasta final de 2020 para la salida ordenada del Reino Unido de la UE (con la posibilidad de una prórroga prevista en el acuerdo de retirada), el Reino Unido será tratado como país tercero a efectos aduaneros a partir del 30 de marzo de 2019.
Para facilitar la preparación de las empresas a este escenario, la delegación de Bruselas ha preparado una nota informativa Preparación para el Brexit en la que han intentado sintetizar en un sólo documento los aspectos a tener en cuenta por las empresas de cara a esta eventual salida sin acuerdo.
Garantizar las conexiones aéreas básicas en caso de Brexit sin acuerdo.
La UE está tomando medidas para paliar las graves perturbaciones de las conexiones aéreas que se producirían en el transporte de pasajeros y de carga entre la UE y el Reino Unido si este saliese de la UE sin acuerdo. Los representantes permanentes de los Estados miembros han aprobado hoy, en el Comité de Representantes Permanentes, un mandato para que la Presidencia rumana negocie con el Parlamento Europeo la propuesta destinada a permitir que las compañías aéreas con licencia británica presten servicios básicos de transporte aéreo entre el Reino Unido y los otros veintisiete Estados miembros. Estos derechos estarían supeditados a que el Reino Unido otorgase derechos equivalentes y al respeto de condiciones que garanticen una competencia leal.
La propuesta contiene una disposición especial que garantiza el derecho a seguir explotando vuelos regulares en condiciones de servicio público hasta el 26 de octubre de 2019, a fin de asegurar la continuidad de los servicios públicos mientras las autoridades nacionales realizan las adaptaciones que requiere la nueva situación.
Quedarán autorizados, en determinadas condiciones, acuerdos limitados de código compartido y de arrendamiento de aeronaves, incluido el arrendamiento con tripulación.
Las compañías aéreas cuya licencia de explotación haya sido expedida por un Estado miembro de la UE y que, como consecuencia del Brexit, dejen de cumplir los requisitos de la Unión en materia de propiedad y control tendrán hasta el 26 de octubre de 2019 para adaptarse plenamente a todos esos requisitos. Para poder acogerse a esta excepción, las compañías aéreas dispondrán de dos semanas a partir de la entrada en vigor del Reglamento para presentar un plan pormenorizado y completo de las medidas que proyectan tomar para lograr esa adaptación plena a los requisitos de propiedad y control a partir del 27 de octubre de 2019 a más tardar.
El Reglamento se aplicaría hasta la entrada en vigor de un acuerdo de transporte aéreo con el Reino Unido, o hasta el 30 de marzo de 2020 si esta fecha fuese anterior.
La primera reunión con el Parlamento para intentar llegar a un acuerdo sobre el texto final se celebrará el 19 de febrero.
Contexto
Según los principios generales aplicables a las medidas de contingencia para un Brexit sin acuerdo, todas las medidas en cuestión corresponden a una actuación unilateral de la UE, basada en la hipótesis de que el Reino Unido corresponderá con medidas recíprocas. Estas medidas son de carácter excepcional y estrictamente limitadas en el tiempo. Las medidas para garantizar las conexiones de transporte no tienen por objeto reproducir el statu quo con arreglo al Derecho de la UE, sino más bien preservar las conexiones básicas entre la UE y el Reino Unido.
Conexiones básicas por carretera en caso de un Brexit sin acuerdo.
La UE esta introduciendo una serie de medidas temporales y limitadas para garantizar las conexiones básicas en el transporte de mercancías y viajeros por carretera, con el objetivo de mitigar las perturbaciones más graves en caso de que el Reino Unido abandone la Unión sin un acuerdo negociado. Los representantes permanentes de los Estados miembros han aprobado hoy, en el Comité de Representantes Permanentes, un mandato para que la Presidencia rumana negocie con el Parlamento Europeo un Reglamento que autorizaría a los transportistas por carretera y los operadores de autobuses y autocares con licencia británica para transportar viajeros y mercancías entre el Reino Unido y los otros 27 Estados miembros. Los derechos que conceden estas medidas estarán supeditados a que el Reino Unido confiera derechos equivalentes a los operadores de los 27 Estados miembros y al respeto de condiciones que garanticen una competencia leal.
Las medidas temporales se entienden sin perjuicio de cualquier futura negociación con el Reino Unido.
El Reglamento dejará de aplicarse el 31 de diciembre de 2019.
El 18 de febrero se celebrará una reunión con el Parlamento para acordar el texto definitivo.
Contexto
Con arreglo a los principios generales aplicables a las medidas de contingencia para el caso de un Brexit sin acuerdo, todas estas medidas corresponden a una actuación unilateral de la UE, basada en la hipótesis de que el Reino Unido actuará con reciprocidad. Las medidas son de carácter excepcional y estrictamente limitadas en el tiempo. Las medidas para garantizar las conexiones de transporte no tienen por función reproducir el statu quo consagrado en la legislación de la UE, sino más bien conservar las conexiones básicas entre la UE y el Reino Unido.
Plan de Acción de Contingencia para sectores específicos.
La Comisión Europea ha adoptado un paquete de medidas que incluye 14 iniciativas para un número limitado de áreas, aquellas en las que la escenario de “no acuerdo” generaría mayor disrupción para ciudadanos y empresas de la UE-27.
Por eso ha considerado esencial y urgente garantizar que puedan entrar en vigor el 30 de marzo de 2019, limitando de ese modo los daños más significativos que causaría un escenario de “no acuerdo”.
Se incluyen enlaces a textos de interés:
- Nota de prensa (19 dic 2018): https://europa.eu/rapid/press-release_IP-18-6851_es.htm (versión en español)
- Texto oficial de la Comisión adoptado el 19 diciembre 2018. https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/com-2018-890-final.pdf (por ahora, en inglés)
- Documento de preguntas y respuestas sobre la Comunicación de 19 dic 2018: https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/contingency-qanda_en.pdf (por ahora, en inglés)
La relación de iniciativas adoptadas está disponible en: https://ec.europa.eu/info/brexit/brexit-preparedness/legislative-intiatives-and-other-legal-acts_en.
Materias a las que se refieren las 14 iniciativas aprobadas
- Territorial cooperation on the island of Ireland
- Air transport (basic connectivity)
- Air transport (safety)
- Road transport (basic connectivity)
- EU general export authorisation (dual use items)
- Hydrofluorocarbons (reference values)
- Hydrofluorocarbons (reporting)
- Equivalence decision UK CCPs
- Equivalence decision UK CSDs
- Geographical breakdowns levels (balance of payments)
- Regulatory technical standards (clearing)
- Regulatory technical standards (margins)
- Time limit lodging export declarations (UK seas)
- Emission Trading System – UK suspension.
Actualización 23 de Enero: «Customs Statutory Instrument 2019/47 The Statistics of Trade (EU Exit) Regulations 2019.
El Gobierno de Reino Unido explica en su web que:
“En caso de que se abandone la UE sin llegar a un acuerdo, será necesaria una legislación para garantizar que los regímenes de aduanas, IVA e impuestos especiales del Reino Unido funcionen según lo previsto después de que el Reino Unido abandone la UE y, por lo tanto, sobre una base de contingencia, el Tesoro de Su Majestad y el Servicio de Rentas y Aduanas de Su Majestad establecerán una serie de Instrumentos Estatutarios (IS) en virtud de la Ley de Impuestos (Comercio Transfronterizo) de 2018 (TCTA, por sus siglas en inglés) y de la Ley de Retirada de la UE de 2018 (EUWA, por sus siglas en inglés). (…)
Esta legislación está diseñada para replicar ampliamente la legislación actual de la UE y minimizar la interrupción de un escenario de “no acuerdo” en el comercio internacional del Reino Unido. Para ayudar en este proceso de preparación, existen guías detalladas para la importación y exportación paso a paso para que as empresas puedan prepararse para un escenario en el que no se puede llegar a un acuerdo.”