PARTICIPACIÓN AGRUPADA EN LA FERIA AMERICAS FOOD & BEVERAGE (MIAMI/EEUU) 2025

CONTACTO: Cámara de Comercio de Almería - Área internacional | Inmaculada Jurado

Objetivo

La presente convocatoria tiene por objeto seleccionar a 9 empresas (micro, pequeñas y medianas), de la demarcación cameral de la Cámara de Comercio de Almería para la actuación PARTICIPACIÓN AGRUPADA EN LA FERIA AMERICAS FOOD & BEVERAGE(MIAMI) del 10 al 12 de septiembre de 2025, siendo los días 9 y 13 de septiembre correspondientes al montaje y desmontaje del stand y del 10 al 12 la participación en la feria. Americas Food & Beverage Show, que en 2025 alcanza su 29ª edición, es un evento esencial para la promoción y comercialización de productos de alimentación y bebidas en Estados Unidos. Este país es el primer destino de las exportaciones españolas del sector fuera de Europa, y debido a su enorme tamaño y capacidad de compra, el mercado de EE. UU. tiene carácter estratégico.

Requisitos

  1. La actuación PARTICIPACIÓN AGRUPADA EN LA FERIA AMERICAS FOOD & BEVERAGE (MIAMI) va dirigida a empresas del sector agroalimentario que cumplan además los siguientes requisitos:
    Ser una pequeña y mediana empresas, según la definición de pyme según la definición recogida en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf .
    Tienen la consideración de empresas las personas físicas y jurídicas que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud y que ejerzan una actividad económica. Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro. Asimismo, quedan también excluidas las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.
    Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas.
    Ser una empresa industrial, comercial y/o de servicios de cualquier sección del IAE, sin perjuicio del pleno respeto a lo dispuesto por los Reglamentos o Directivas comunitarias especiales establecidos en el marco del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
    Quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como en la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura, de acuerdo con las definiciones recogidas en el art. 2.1 del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023.
    No obstante, las empresas que operen en la producción primaria de productos excluidos en el párrafo anterior, podrán ser beneficiarias siempre que desarrollen producto transformado y estén dadas de alta en el IAE con actividad comercializadora y la ayuda se dirija específicamente a dicha labor comercializadora.
    Que tengan su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación territorial de la Cámara de Comercio de Almería, de conformidad con los datos recogidos en el censo. En el caso de que una empresa posea varias sedes o centros productivos. el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios citados
  2. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  3. No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a la definición establecida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C149/01).
    – Tener una facturación mínima de 100.000 € en el último ejercicio cerrado.
    – Tener una plantilla media en el último ejercicio (desde 1 de enero hasta 31 de diciembre) de, al menos, 2 empleados por cuenta ajena.
    – Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
    Los extremos enumerados anteriormente se acreditarán mediante la aportación de la siguiente documentación:
    – Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación (según Anexo I de esta convocatoria)
    – DNI del solicitante (en caso de persona física) o DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes (en caso de persona jurídica.
    – En el caso de personas jurídicas:
  • Poder de representación de la persona que presenta la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa).
  • Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa.

Solicitudes

Inicio de presentación de solicitudes
Fin de presentación de solicitudes
26 de junio de 2025 a las 9:00
10 de julio de 2025 a las 14:00hrs

SEDE ELECTRONICA:

Validación de firma: https://sede.camara.es/sede/almeria/validar/certificado

Validar capacidad de firma: https://sede.camara.es/sede/almeria/validar/firma

VIDEO TUTORIALES: https://sede.camara.es/sede/estaticos/ayuda.htm 

AUTOFIRMA : aquellos usuarios que no tengan instalada una versión actualizada de la aplicación Autofirma (al menos versión 1.7.2) no podrán identificarse obteniendo un mensaje de error como el siguiente:

Para poder seguir haciendo uso de los servicios de la Sede Electrónica con normalidad la solución es instalar la última versión de la aplicación Autofirma que está disponible en: https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html

Este mismo enlace está disponible en la propia Sede Electrónica desde la página de acceso mediante certificado:

Dónde inscribirse

El plazo para la presentación de solicitudes se abre a través de la sede electrónica el día 26 de junio a las 09:00h y finaliza el 10 de julio a las 14:00 Horas,

La solicitud será a través de la sede electrónica https://sede.camara.es/sede/almeria/tramites/TR0000006143

Documentación de la convocatoria

2025_Anexo 05. b_Modelo de CONVOCATORIA SELECCION Empresas (sin ayuda)

2025_Anexo 09.b_Declaración responsable CONVOCATORIA SELECCION

Anexo IV_Modelo de Solicitud admisión segundo participante (SIN AYUDA)2025_Anexo 07.b_

Modelo de Resolución de admisión CONVOCATORIA SELECCION

La Cámara de Comercio de Almería es la entidad convocante de las ayudas de la presente convocatoria y no colabora con empresas externas para la gestión de las subvenciones contempladas en el programa y no se hace responsable de las informaciones que los solicitantes puedan recibir por vías distintas a esta convocatoria oficial

 

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