Innovación - digitalización y competitividad

Programa Innocámaras Convocatoria 2023

Logotipos UE Camara
CONTACTO: Cámara de Comercio de Almería

El programa Innocámaras está dirigido a la pequeña y mediana empresa teniendo como objetivo principal contribuir a la mejora de la competitividad de las Pymes de las regiones participantes, mediante la adopción de una cultura a favor de la innovación permanente  para lograr un crecimiento económico sostenido. A tal fin, se pone a disposición de las Pymes la posibilidad de desarrollar Planes de Implantación de Soluciones innovadoras, consistentes en el desarrollo de un plan de sensibilización y apoyo tutorizado que incluye dos fases secuenciales y progresivas.

  • Quedan excluidas de esta convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.
  • Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.
  • FASE I. ASESORAMIENTO A LA PYME Consiste en la realización de un diagnóstico asistido, por parte de un Tutor cameral especializado, que permite conocer el nivel de competitividad de la empresa en su entorno económico y de mercado, identificando posibles actuaciones de mejora a través de la innovación para mejorar su situación competitiva. La financiación para el desarrollo de estos servicios es aportada en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea y en un 20% por la Cámara de Almeria.

 

  • FASE II. PLAN INDIVIDUAL DE IMPLANTACIÓN DE SOLUCIONES INNOVADORAS Se trata de una fase de proceso, en la cual se apoyará la puesta en práctica de las recomendaciones en materia de innovación identificadas en la fase anterior y que resulten claves en la mejora de la competitividad de la empresa. Desde el programa se subvencionarán los gastos asociados a la ejecución del Plan por los asesores o proveedores libremente seleccionados por la empresa beneficiaria, según el Plan de Implantación de soluciones innovadoras definido en el marco del Programa, financiándose los costes incurridos, según las condiciones establecidas en el documento de gastos elegibles anexo a esta convocatoria.El coste elegible asociado a la implantación de soluciones innovadoras incluidas en esta Fase II asciende a la cantidad máxima de 7.000 € (IVA no incluido). La financiación del importe elegible para el desarrollo de la implantación es aportada en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea en el marco del Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-1010 (POCInt) y en un 20% por la empresa beneficiaria, quien deberá prefinanciar el 100% de la inversión.

El plazo para la presentación de solicitudes en la referida Sede se iniciará a las 09:00h del día siguiente hábil al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de Almería, y tendrá una vigencia de 5 días hábiles desde su apertura, finalizando a las 14:00h del día de su caducidad.

Inicio plazo de presentación de solicitudes
Fin plazo de presentación de solicitudes
Listados provisionales de solicitudes admitidas
Alegaciones a los listados provisionales
Listados definitivos de solicitudes admitidas
Celebración sorteo ante notario
19 de Enero de 2023 a las 9:00h
25 de Enero de 2023 a las 14:00h
26 de Enero de 2023
Del 27 de Enero de 2023 a las 9:00h al 02 de Febrero de 2023 a las 14:00h
03 de Febrero de 2023
03 de Febrero de 2023 a las 13:30h
  • CELEBRACIÓN SORTEO ANTE NOTARIO: Notaria de D. Miguel de Almansa Moreno-Barreda. Paseo de Almería, 21 1º 04001 Almería. 

Estos listados (provisionales y definitivos) se expondrán en la Sede electrónica y en la Página Web de la Cámara de Almería 

Las solicitudes de participación de empresas al Programa serán analizadas atendiendo al orden de prelación resultante del sorteo, hasta el agotamiento de los fondos disponibles. Por tanto, las ayudas se concederán, siguiendo el citado orden de prelación, a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria para ser beneficiario, hasta agotar la cuantía total máxima de las ayudas prevista en el apartado 6 de la Convocatoria Pública de Ayudas.

La resolución del procedimiento se notificará a los interesados mediante publicación en la página web sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo los mismos efectos, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todos los plazos a los que dé lugar la resolución del procedimiento se computarán desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de la misma.

• Sede electrónica

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